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Aviso

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De: Ricardo Moreno Palomero 


© No copiar ni subir el vídeo a ningún vídeo sin pedir permiso en los comentarios de esta entrada o a este correo: ricarmopa1@gmail.com

© = Copyright

Es una cosa muy seria en nuestro actual mundo que se está olvidando y omitiendo, y tenemos que ser conscientes de ello y tener muchísimo cuidado.
Por cierto, no copias cuando al publicar algo de otra persona indicas su origen. 

El delito contra propiedad intelectual por Internet

Este delito contra la propiedad intelectual, se comete también si se realiza por Internet.
El Código Penal, establece que, la misma pena por delito contra la propiedad intelectual, se impondrá a quien, en la prestación de servicios de la sociedad de la información, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto, y en perjuicio de tercero, facilite de modo activo y no neutral y sin limitarse a un tratamiento meramente técnico.
El acceso o la localización en Internet de obras o prestaciones objeto de propiedad intelectual sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos o de sus cesionarios, en particular ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y contenidos referidos anteriormente, aunque dichos enlaces hubieran sido facilitados inicialmente por los destinatarios de sus servicios. (art. 270.2 CP)

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